La reciente aprobación por el Gobierno de España, del Proyecto de Ley contra la Violencia de Género, está reactivando un
debate social y jurídico en torno a aspectos parciales del proyecto de Ley. Para
Montserrat Comas, “las discrepancias se centran en el diagnóstico de la cuestión. El auténtico problema social lo constituye la violencia criminal sexista, de hombres contra mujeres, fruto de las relaciones de poder y de sumisión que históricamente han ejercido aquéllos sobre éstas en las relaciones de pareja. No constituye un problema social en España la violencia entre hermanos, o la violencia de mujeres contra hombres o de éstos contra ancianos. Son conductas individualizadas que tienen ya su respuesta en el actual ordenamiento jurídico y en el Código Penal”; lo que ella misma define como
Una Ley para la Igualdad. Ahora el debate de turno significa una reactivación pública
a vueltas con la discriminación positiva cuando ésta es aplicada con la intención de restaurar el desequilibrio de género. Y aunque como dice
Enrique Badía, nadie discute ya el impacto y la situación de emergencia social que esta
Violencia de asco provoca, el cruce de intereses partidistas podría acabar provocando que las posibles mejoras a incorporar durante el debate parlamentario, no sean las más necesarias para conseguir la eficiencia requerida a esta Ley.