La nueva Ley contra la violencia de género. Precipitación y progresismo de alcoba. Obvio es que el espíritu de la reforma penal es bienintencionado y necesario, pero a todas luces discriminatorio y excesivo. Es simple: que se adopten todas las medidas constitucionales necesarias para frenar y paliar esta sangría —medidas que por otro lado tendrán que ser básicamente educativas y sociales si se quiere solucionar algo—, medidas que a la fuerza tendrán que ser inclusivas y no exclusivas. Penalmente, no hay ninguna justificación para que el mismo acto sea o no delito dependiendo del sexo del sujeto: es una cuestión de derechos humanos y civiles. Es en las medidas sociales y educativas donde debe incidirse en la discriminación positiva —horrendo término, por otra parte—, nunca en las penales.
José Antonio Zarzalejos,
Temeridad.