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Ofensiva gay

Siempre me ha parecido que la Ley de parejas de hecho era absurda: distinto nombre para la misma cosa. ¿Qué hay de diferente entre firmar un contrato de matrimonio y uno de pareja de hecho? Que queda más guay lo segundo. Pero resulto que hay un sector de la sociedad que sólo puede firmar el segundo tipo de contrato: los homosexuales y lesbianas. Y Cristina López Schlichting arremete contra ellos, que, insensatos, pretenden tener los mismos derechos que los demás y poder casarse; pero, ojo al argumento, es absurda su pretensión porque el objetivo de casarse es tener hijos y ellos no pueden. Mentira lo uno y lo otro: “Lo que estas parejas quieren es el matrimonio civil, o sea, ser como el hombre y la mujer que se casan para quererse, educar una prole y fundar una empresa doméstica que construya la sociedad. Pero como es imposible que dos hombres o dos mujeres se reproduzcan, el matrimonio homosexual es una contradicción in terminis. Es como hablar de «mar dulce» o «luna diurna». ¿Por qué este empeño en ser lo que no se es?” Ofensiva gay.
Marcos Taracido | 24/10/2003 | Artículos | Derechos Civiles

Comentarios

  1. JR
    2003-10-24 16:04 Una vez más, pensamos en la misma clave, Marcos. Hoy día, firmar un contrato matrimonial no significa el trágala de por vida de antaño, sino lo que la propia denominación indica: un simple contrato para ocupar a efectos legales un sitio en la sociedad; una salva de aviso al registro para proteger a ambos integrantes de la pareja con todas las ventajas que la ley ofrece. Cuando el amor y la convivencia se rompen, divorcio y listo. Sin embargo, la imagen que del matrimonio (la acartonada imagen religiosa, supongo) tienen muchas parejas ha hecho que éstas renuncien a culminar ese contrato legal llamado “matrimonio”, para al final acabar reivindicando los mismos derechos de los que sí dieron el paso. ¿Cómo se pueden aplicar esos derechos? Censando las parejas. Un matrimonio de facto y de iure. Y, ya que estamos hablando de matrimonios o parejas de hecho gays, yo pienso que la naturaleza contractual del matrimonio civil ha de derivar a la fuerza en la indiferencia legal de los sexos de los componentes de la pareja. Así de simple. ¿Para qué legislar ad hoc cuando se puede modificar con dos pinceladas lo ya existente? Un saludo.
  2. Marcos
    2003-10-25 12:54 Y ya has oído a Zaplana, cavernicoleando. En el fondo todo se reduce a un autismo institucional profundo. Como con lo de la Guardia Civil: grito al cielo, crucifijos y santiguaciones ante el tamaño antipatriotismo de pedir la unión de Guardia Civil y Policía, cuando resulta que la inmensa mayoría de guardiaciviles y policías lo están deseando sin trauma alguno. Cosas veredes. Saludos.

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