¿Saben eso de “puedo leer el diario de mi hijo porque es menor de edad y soy su madre/padre”? Pues dice David Maeztu que de eso nada. ¿Puedo espiar a mis hijos? ¿Es legal? ¿Qué medios electrónicos puedo usar?.
Los niños, y menores de edad en general, son titulares de derechos desde el nacimiento. Así lo reconoce el Código Civil, artículo 30:
“La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida […]”Y desde ese momento son titulares de derechos, entre otros los conocidos como derechos personalísimos. Otra cuestión es que como son menores no tienen capacidad de obrar y esta debe ser suplida por los padres o tutores.
Por lo tanto, los menores tienen derecho a la intimidad en toda la extensión posible del artículo 18 de la Constitución.
“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”