Laura Pozuelo y*Jacobo Dopico* intentan arrojar un poco de luz legal y algo de sentido común hablando del estado de las penas para los criminales en España. Los medios y las penas.
«Las penas máximas vigentes en España fueron fijadas en 1995 en la cifras de 25 y 30 años de prisión, dependiendo de la gravedad de los delitos que acumulase el reo (artículo 76 del Código Penal). En 2003 se introdujo la posibilidad de llegar a los 40 años de prisión para la acumulación de crímenes gravísimos, especialmente de actos terroristas.
Esto significa que jamás nadie en España ha cumplido el máximo de pena previsto en el Código: aún no ha dado tiempo. Nunca se ha dado el caso de que un delincuente, condenado al máximo de pena previsto en el Código, extinguiese su pena y saliese de prisión para posteriormente reincidir o demostrar de algún otro modo que seguía siendo peligroso. La primera posibilidad de cumplir el máximo actual de 25 años (correspondiente a la acumulación de asesinatos), fijado en 1995, tendrá lugar no antes del año 2020.»