Comenta Fernando Acero el nuevo Código Penal y las nuevas penas que se incluyen para los ataques informáticos, centrándose en lo ambiguo de la redacción de modo que deja en manos de la interpretación de un juez asuntos como la intención o la gravedad de los daños: Nuevo Código Penal: ¿Será un problema para más de 382.000 españoles.
«Desde mi punto de vista, con la redacción actual del Código Penal, queda a criterio del juez el decidir si se obstaculiza, o si se interrumpe un servicio, de forma grave, algo que puede ser muy vago y peligroso, sobre todo, cuando se produce una situación de alarma pública, o una elevada repercusión en los medios de comunicación. De esta forma, yo no veo muchos problemas para que la “gravedad del ataque” se pueda valorar en base a los resultados reales del mismo (caída del sistema, tiempo que está caído el sistema, las pérdidas económicas producidas, etc), o en base la efectividad de los medios utilizados para el ataque (número de peticiones por segundo desde una determinada IP, tiempo de mantenimiento de las peticiones desde una determinada IP, ejercer el control remoto de una “botnet”, el uso de un programa específico para realizad DOS/DDOS, etc), lo que añade más incertidumbre al asunto.»