Ruben M. Perinapara establece las diferencias entre la OEA y la UNASUR, con sus puntos fuertes y sus muchas limitaciones, y remarca la ventaja de la primera por su estructura institucional afianzada durante casi un siglo. La OEA frente a la Unasur.
«Ambos son entes intergubernamentales, no supranacionales. Sus decisiones resultan de las negociaciones entre los Poderes Ejecutivos. Si no hay consenso entre ellos, no hay acción colectiva. Los dos enfrentan la tensión entre el principio de la no intervención y el compromiso de promover la democracia. Nadie puede “intervenir” en los asuntos internos de un miembro sin un consenso generalizado. Sus secretarios generales no son autónomos ni pueden decidir qué hacer sin un mandato específico.
Pero hay una diferencia importante: la Unasur no tiene la institucionalidad ni los instrumentos jurídicos diplomáticos vinculantes que tiene la OEA, resultado de una evolución institucional de más de cien años.»