El abogado Javier Prenafeta elabora un extenso texto en el que trata de explicar el nuevo marco jurídico que se establece en el mundo del libro con su apertura a los formatos y ediciones digitales. Tendencias en derechos digitales.
«Desde un punto de vista legal, la diferencia entre impresor y editor es notable. En el caso Sandler v. Calcagni, los padres de una chica demandaron a los de una compañera de instituto por difamación a través de un libro publicado con BookSurge, solicitando también la condena por daños a los responsables de este servicio. El tribunal consideró que dado que BookSurge no realizó ninguna labor de edición o revisión del texto, ni siquiera lo leyó, no se le puede considerar responsable como editorial, al realizar únicamente una conversión de un documento en formato PDF a un libro en papel.
No obstante, la situación y responsabilidad de estos intervinientes no es tan sencilla. En las condiciones de estos servicios se traslada toda responsabilidad por los contenidos y su difusión a los usuarios, quedando estas entidades en una situación de mero impresor, aún cuando su intervención en el proceso de creación y puesta a disposición de los ejemplares tengan un papel activo.»