Libro de notas

Recomendaciones LdN

Consideraciones sobre la sanción a un magistrado

La sanción al juez Rafael Tirado, magistrado del caso Mari Luz, ha levantado una polvareda importante y una oleada de críticas muy duras hacia el poder judicial. José Manuel García Sobrado trata de hacer un análisis desapasionado del caso en cuestión. Consideraciones sobre la sanción a un magistrado.

«La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el artículo 9, atribuye a jueces y tribunales la competencia para la ejecución de las sentencias. Y establece que el juez instructor, acompañado del ministerio fiscal, visitará una vez por semana, sin previo aviso, a sus presos y detenidos. La ley preveía la posibilidad de que el juez tuviese un conocimiento directo de sus asuntos. Sin embargo, la criatura fue creciendo hasta formar el monstruo actual, en el que los jueces, sin una oficina judicial dotada y adaptada a la realidad actual, difícilmente pueden ejercer la función jurisdiccional que les compete de forma adecuada.

Si a lo anterior añadimos que no se ha querido crear una auténtica policía judicial dependiente, orgánica y funcionalmente, de jueces y tribunales, manteniendo, por contra, la dependencia orgánica y por lo tanto el control político del Ministerio del Interior, resulta evidente que las cosas no pueden funcionar bien. Y yo no me olvidaría del ministerio fiscal; antes, no ahora recurriendo la resolución sancionadora.»

Alberto Haj-Saleh | 12/09/2008 | Artículos | Justicia y Leyes

Comentarios

  1. Ana Lorenzo
    2008-09-12 12:53

    Muy buen artículo. Desde luego, es culpa del Ministerio, y en ese caso de la gestión del Estado, el que no haya una infraestructura que garantice el funcionamiento de todos los mecanismos que deben cerrarse en cuanto una sentencia es firme hasta llegar a la encarcelación del acusado. Creo que incapacitar a un juez sería una hipocresía. También creo que el ponerle una multa y no reconocer que el sistema no funciona es otra hipocresía mayor: la culpa hay que echarla a quien la tiene, sobre todo para que se pueda resolver y corregir y esto no vuelva a suceder (qué utopía).
    Un beso.

  2. Sergio
    2008-09-12 14:31

    ¿Cuántas sentencian no se ejecutan? ¿Cuál es el tiempo medio que se tarda en ejecutar una sentencia? ¿Existe un tiempo máximo para ejecutar una sentencia para delitos graves? ¿Se ha definido qué es un “delito grave”? ¿Cómo han evolucionado estas cifras en los últimos años?

    Estas son las preguntas que tienen cierto interés, las estadísticas. Tomar un caso aislado y ver qué se podría haber hecho para evitarlo es una pérdida de tiempo.


Librería LdN


LdN en Twiter

Publicidad

Publicidad

Libro de Notas no se responsabiliza de las opiniones vertidas por sus colaboradores.
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons
Desarrollado con TextPattern | Suscripción XML: RSS - Atom | ISSN: 1699-8766
Diseño: Óscar Villán || Programación: Juanjo Navarro
Otros proyectos de LdN: Pequeño LdN || Artes poéticas || Retórica || Librería
Aviso legal