Ya saben, la Iglesia despide a los profesores de religión que trabajan en los institutos públicos siguiendo criterios propios de la moral de su confesión. Anibal de la Torre, impecable: “Hasta aquí no hay mucho que objetar, pues la Iglesia es una institución «privada» que puede contratar a las personas que estime oportunas, o despedirlas cuando dejen de ser oportunas.
El problema gordo que hay en esto es que esas personas son pagadas con fondos públicos y es aquí donde chirrían todos los engranajes:
Si una Ley o Concordato determinan que un empleado público pueda ser despedido porque se encuentre separado y conviviendo con una nueva pareja, esa Ley o Concordato hay, sencillamente, que derogarlo. La intimidad de una persona, cuando no atenta contra los derechos de nada ni de nadie, ni contraviene ninguna norma establecida, jamás puede ser motivo de exclusión para desempeñar ningún cargo sostenido con fondos públicos.” Idoneidad de los profesores de religión vs ideoneidad legislativa.