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La Seguridad Social no se pone de acuerdo sobre si afiliar niños es 'una obligación' o 'un error'

Me van a perdonar que les recomiende una noticia del año pasado, pero sobre la obligación de solicitar el NUSS para los de 3.º y 4.º de la ESO al matricularlos es lo más actual que he encontrado: La Seguridad Social no se pone de acuerdo sobre si afiliar niños es ‘una obligación’ o ‘un error’.

«LD (L. Ramírez/L. F. Quintero) El Ministerio de Trabajo e Inmigración admite que está dando de alta niños de 14 y 15 años en los registros de la Seguridad Social, tal como publicó ayer LD. Lo atribuyen al requerimiento de la normativa europea que se establece que los estudiantes deben tener un seguro escolar que les cubra ante cualquier accidente o siniestro, dentro y fuera de España.

“Este tipo de actuación se viene produciendo“ desde hace años, los escolares “tienen el derecho de tener un número de la Seguridad Social propio, es un derecho individual. Se trata de un número de Seguridad Social, no de afiliación y se convierte en un número de afiliación cuando la persona se convierte en un trabajador. Por lo tanto, La Tesorería da un número de Seguridad Social a todos los niños a partir de 3º de la ESO (14 años)”, señala un portavoz oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El seguro escolar no ampara la actuación de Trabajo

Pero esto no es exactamente así, ya que si se analiza la Ley del 17 de julio de 1953, así como los posteriores desarrollos reglamentarios y modificaciones legislativas, el requisito para tener un seguro escolar es disponer de un número de afiliado, que en el caso de los menores de edad es el de sus progenitores.

Para obtener este seguro no hay que realizar ningún trámite especial, ya que su cuota anual se suscribe obligatoriamente junto con el pago de la matricula de cualquiera de los estudios que abarca. Además de esta cuota, el Ministerio de Educación y Ciencia aporta otra cuantía idéntica, porque la Ley dice que “las cargas del Seguro serán cubiertas en un 50% por el Ministerio de Educación Nacional, y otro 50% por las cuotas de los asegurados”.

En todo caso, el Gobierno no está obligado por Ley a dar de alta en el sistema de protección a los niños con un nuevo número de afiliado. “Es un derecho que tienen todos los ciudadanos”, argumenta el portavoz oficial de la Seguridad Social. Efectivamente, es un derecho pero no un deber. Y si no es una obligación ¿por qué el Estado realiza esta práctica?

¿Una obligación o un error?

Las propias dudas que genera esta denuncia entre los empleados del organismo público son más que notables. Mientras que el portavoz oficial expone esta argumentación, en el teléfono de información de la Seguridad Social dicen que no se puede afiliar a niños sin el consentimiento paterno. Incluso, en un momento de la conversación, la funcionaria que responde a la llamada de un padre preocupado llega a decir que “se debe tratar de un error”.»

Ana Lorenzo | 11/07/2009 | Artículos | Políticas nacionales

Comentarios

  1. Ana Lorenzo
    2009-07-13 10:46

    Cuando he ido a matricular a mi hija mayor en 4.º de la ESO me ha pasado como a tantos padres, que hemos preguntado en Secretaría si la solicitud de afiliación a la Seguridad Social que venía en el sobre era para los que iban a dejar de estudiar y a ponerse a trabajar una vez terminado el curso; no, qué va: había que rellenarlo obligatoriamente (también los de 3.º, parece ser). La secretaria solo sabía que «era por el seguro»; qué raro, el año pasado el seguro era el papelito que había en que pagabas el euro y pico, que también venía este año. Lo cierto es que no hay muchas explicaciones y, donde no hay explicaciones a algo que se antoja absurdo (el modelo de solicitud, al menos el de aquí, en la provincia de Madrid, es el clásico en el que firma el interesado y la empresa), ya se sabe, saltan las elucubraciones, las especulaciones, los mal-pensar-y-acertarás.
    Porque intentando darle una explicación bondadosa, uno piensa, bueno, esto es como las campañas de vacunación, que donde realmente tienen a todos los críos es en el cole (por algo es obligatoria la enseñanza). Pero nunca es requisito para que te acepten la matrícula; es más, incluso puedes no enviarle ese día o decir que no quieres que le vacunen. En esto, no hay tu-tía: o lo rellenas, o el impreso de matrícula no está completo.
    Si alguien tiene más fuentes o sabe algo, se agradece.

  2. Marcos
    2009-07-13 10:56

    Pues te diré que en mi instituto no tienen que darse de alta, pero sí tienen que hacerse el seguro. Así que parece que son cosas distintas y que, efectivamente, no es obligatorio.

    Saludos

  3. Ana Lorenzo
    2009-07-13 11:06

    Pues, aparte de por el profesor jefe del departamento de Lengua y literatura, que ya me parecía razón suficiente para cambiarlas a tu instituto, me has dado un motivo más, Marcos :-)
    Un beso.


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